EL REGISTRO DE JORNADA TAMBIÉN ES OBLIGATORIO CON EL TELETRABAJO.

En España las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral de sus trabajadores, siendo el objetivo principal de la norma reducir la elevada cantidad de horas extra no remuneradas que hacen los trabajadores.

 

¿Cómo registrar la jornada en el teletrabajo?

Las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral indicando su hora de inicio y finalización. Es muy importante asegurarse que todos los empleados que hacen teletrabajo siguen cumpliendo con la obligación de fichar.

La obligación existe para todos los trabajadores, con independencia de si realizan la actividad en el centro físico de trabajo o fuera del centro, como comerciales, desplazados en el extranjero, teletrabajadores…

 

Fórmulas para controlar el tiempo de trabajo.

Hay muchas herramientas que permiten a las empresas registrar la jornada laboral del teletrabajo sin necesidad de desplazarse.

Se puede controlar el tiempo real de trabajo utilizando programas informáticos (existen muchas aplicaciones que permiten a los trabajadores indicar el inicio y el final de su jornada con el ordenador o el teléfono móvil) o con documentos manuales firmados por los propios trabajadores.

 

Sanciones.

No llevar un registro de jornada laboral en el teletrabajo será considerado como una infracción grave, con sanciones que van entre 626 euros y los 6.250 euros.

Además, es obligatorio conservar a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, trabajadores y representantes legales los registros de los trabajadores durante un mínimo de cuatro años.

La ley entiende que un teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que los que trabajan de forma presencial, y por tanto, tienen que cumplir con el horario establecido.

 

Derecho a la desconexión digital.

A pesar de que el trabajador esté trabajando desde casa, la Ley reconoce a los trabajadores el derecho en la desconexión digital para garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respecto del tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como el derecho a su intimidad personal y familiar.

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25/09/2020